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El cargo directivo de presidente (a) se encuentra definido en concordancia a la estructura de Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Trabajadores del Estado SUNET aprobada en el Estatuto de la Organización Sindical y su actuar en el Código de Ética y comportamiento Sindical.
Artículo 30. El Presidente o presidenta de la Junta Directiva tiene la representación legal del SUNET y sus funciones son:
1. Celebrar contratos, convenios y otorgar poderes sin previa autorización de la Junta Directiva nacional hasta por treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes, y con previa autorización de la Junta Directiva lo que exceda ese valor y sin pasar de sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
2. Presidir las sesiones de la Asamblea Nacional de delegados y de la Junta Directiva y proponer el orden del día de las respectivas sesiones de la Asamblea Nacional y dirigir los debates.
3. Convocar a la Junta Directiva a sesiones ordinarias o extraordinarias previa citación a los dignatarios por conducto de la Secretaría General.
4. Rendir trimestralmente un informe a la Junta Directiva de sus labores y dar cuenta a ésta y a la Asamblea Nacional de toda información que le sea solicitada por razón de sus funciones.
5. Informar a la Junta Directiva de las fallas cometidas por los afiliados, a fin que se impongan las sanciones a que haya lugar, de acuerdo con este estatuto.
6. Firmar las actas una vez aprobadas.
7. Firmar toda orden de retiros de fondos y de gastos en asocio del tesorero, informando al fiscal cuando el valor supere los treinta (30) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
8. Comunicar a las autoridades correspondientes, en asocio del secretario general, los cambios totales o parciales que ocurrieren en la junta directiva.
9. Aprobar en primera instancia conjuntamente con el Secretario General, la afiliación de nuevos afiliados y afiliadas.
10. Poner en funcionamiento y coordinar comisiones accidentales que decida la Junta Directiva o la Asamblea Nacional de Delegados (as).
11. Promover la elaboración e implementación del Plan Estratégico Sindical.
12. Asistir, en representación del SUNET, a la Junta Nacional de la CUT, y a las demás instancias en que se requiera su presencia. En cualquier caso, podrá delegar la participación y representación en algún miembro de la Junta Directiva Nacional de acuerdo al tema correspondiente.
13. Las demás funciones que le asigne la asamblea general, siempre y cuando no sean funciones que le competan a los demás miembros de la junta directiva.
La carta de navegación de todo directivo sindical se rige por la formulación y adopción de un adecuado Plan de Acción Anual de Gestión, donde se plasman los objetivos y a cumplir para garantizar los fines de la Organización Sindical. Es por ello que la presidencia de la Junta Directiva se rige por las siguientes bases:
Participar activamente en la difusión de la política de comunicaciones y seguridad de la información de SUNET como herramienta educacional y de fortalecimiento de la unidad y dinamismo sindical para la vigencia 2025 a 2029.
Promover y participar activamente de las campañas adelantadas en el año 2026, en pro de los derechos de la Mujer y la equidad de género y así garantizar los mismos a través del reconocimiento y respecto a su valioso papel en la sociedad como actor principal de la construcción de tejido social.
Participar en los eventos departamentales, nacionales e internacionales donde se promuevan las políticas de preservación y respeto a los derechos de los trabajadores del Sector Público.
Participar de las mesas de trabajo locales, departamentales y nacionales planteadas en la vigencia fiscal 2026, frente a las temáticas de reestructuración de plantas de personal, reducción personal indirecto (OPS) y acceso meritocrático a los empleos públicos (Ley 1800/2019), procesos de adopción e implementación de la Reforma Laboral para el trabajo decente y digno en Colombia (Ley 2466/2025).
Fomentar la unidad sindical del SUNET Cunidnamarca mediante el mejoramiento de los instrumentos de comunicación efectiva dada la política direccionada por SUNET Nacional, el Código de Ética y comportamiento Sindical, para el desarrollo de las actividades de educación, bienestar cultural, deportivo y social de sus afiliados.
Acompañar y orientar a los compañeros trabajadores oficiales en la preparación, sustentación y presentación de un Pliego de peticiones nuevo para ratificar y mejorar Acuerdos laborales y Convenciones colectivas celebradas en los municipios de Cundinamarca.
Participar activamente durante la vigencia fiscal 2026 en los procesos internos a la organización sindical, en los que se requiera dar cumplimiento a las funciones propias de los cargos de la Junta directiva departamental y nacional del SUNET durante periodo 2025 a 2029.
SUNET Cundinamarca
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