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VICE-PRESIDENTE

Artículo 31. Son funciones del vicepresidente las siguientes:

1. Desempeñar todas las funciones que le competan al presidente en sus ausencias temporales y presidir las sesiones de la Asamblea o Junta Directiva cuando éste tome parte en las discusiones.

2. Orientar todos los asuntos referidos a la gestión administrativa del SUNET.

3. Facilitar las relaciones políticas del SUNET en el plano nacional en coordinación con el presidente.

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SUNET Cundinamarca

Calle 26  51 -53 Torre Beneficencia local 111

Gobernación de Cundinamarca

Email: secretaria2@cundinamarcasunet.co

Telefax: +57 601-7491833 / 1830 

 Cel: +57 3208937627 

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